Retenciones relativas a las uniones temporales de empresas (UTE)
Si su contratista es una UTE, deberá aplicar retenciones a cada miembro de la UTE si conoce el porcentaje de participación de cada miembro. Si no dispone de información sobre los miembros de la UTE, aplique las retenciones en función del total abonado a la UTE y no a sus miembros individuales.
Una subrutina específica para Argentina del programa Creación de grupos de control de pagos (R04570) valida el número de dirección de proveedor con la definición de la UTE de la tabla UTE Members Type (F76A401) y calcula la retención de cada miembro de la UTE. El sistema acumula las retenciones por cada uno de los miembros. Si un miembro de una UTE presenta facturas pagaderas a ese miembro, y no a la UTE, el sistema incluirá esos pagos en los importes acumulados para el miembro de la UTE.