Consideraciones acerca de las notas de crédito
El sistema determina los comprobantes que deben incluirse en el informe CITI. Únicamente se incluirán en el informe aquellas transacciones cuyo crédito fiscal se haya considerado como final para el mes que se esté consultando.
No todas las facturas de crédito se incluyen en el informe CITI mensual porque algunas de ellas pueden haberse enviado a una cuenta de pérdidas en lugar de a la cuenta de crédito fiscal final.
Conviene ejecutar el programa Redeterminación de IVA de factura de crédito de C/P (R76A0052) para volver a clasificar todos los comprobantes del mes que se esté procesando antes de generar el informe CITI.
Conviene también ejecutar el programa Libro mayor de IVA de compras (R760499A) en modo final antes de generar el informe CITI.
Debe definir una regla de estado de factura de crédito para un evento CITI, con el estado en el campo Edo inicial FC que es obligatorio para incluir las facturas de crédito en el CITI y el estado en el campo Edo final FC al que se cambiarán las facturas de crédito una vez incluidas en el informe CITI. El estado Edo inicial FC se aplica una vez que se hayan vuelto a clasificar las facturas de crédito.
El informe CITI comprueba que las facturas de crédito tengan definido el estado obligatorio en el campo Edo inicial FC. Las facturas de crédito sin este estado se excluirán y aparecerán en el centro de trabajo.
Al generar el informe CITI en modo final, se actualizará el estado de la factura de crédito. Si resulta necesario volver a generar dicho informe, deberá crear una nueva regla de estado en la que se incluyan las facturas de crédito que ya se hayan procesado.